En vigor la Constitución, se procederá en el plazo de 3 días a constituir Gobierno, basado en la delegación de funciones entre sus diferentes Ministerios. Al frente de estos Gabinetes estarán los Ministros a quienes le corresponde su dirección interna, el ejercicio de las funciones que el Gobierno en su conjunto le fijare y la competencia de iniciativa, rigiendo el principio de responsabilidad en sus actuaciones frente a la Alianza. De ellos dependerán los demás cargos que en el futuro se decidan según necesidades funcionales. Los diferentes departamentos ministeriales serán creados y separados en un proceso de debate y votación libre, directa e igualitaria entre los miembros del Poder Constituyente durante el plazo indicado.